Javier de Cominges, de Zeres Abogados, ha valorado en unas declaraciones a Newtral la modificación del artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, aprobada por el Consejo de Ministros, para ampliar a todos los empleados el permiso de lactancia de forma acumulada, una posibilidad que ahora solo tenían aquellos cuyo convenio lo recogía. Esta novedad es efectiva desde el 21 de diciembre tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha explicado este cambio que permite a todos los trabajadores disfrutar de este permiso llegando «hasta los 28 días».

El artículo 37.4 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores reconoce a los trabajadores en los supuestos de nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento, el derecho al permiso de lactancia que se traduce en una hora de ausencia del trabajo que se puede organizar de distintas maneras. La modificación del artículo aprobada, elimina las restricciones y permite que todas las personas puedan acumular las horas de ausencia en jornadas completas, algo que antes solo estaba previsto en convenios colectivos o acuerdos con las empresas.

De Cominges ha explicado que la cifra de hasta 28 días que ha dado la ministra de Trabajo, “es un cálculo orientativo para visibilizar el derecho individual reconocido ahora”, y en el que se ha tenido en cuenta la hora de lactancia en el tiempo que tendrían que prestar servicios hasta los 9 meses y su división entre ocho horas de trabajo. Pero apunta, que hay actividades en las que la jornada ordinaria diaria no es de 8 horas sino de 7,5 horas.

Fuente: Newtral

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