Javier de Cominges, de Zeres Abogados, repasa en esta extensa entrevista en Atlántico varias de las sentencias en las que ha trabajado, algunas pioneras y que han creado jurisprudencia y motivado cambios legislativos.

El abogado laboralista, conocido por su trabajo en casos de discriminación laboral, habla sobre la persistente brecha salarial entre hombres y mujeres. Según explica, no hay muchas reclamaciones de mujeres por discriminación salarial debido a varios problemas, incluyendo el desconocimiento sobre el salario de los demás, la dificultad para probar estas circunstancias, el miedo a represalias o porque incluso se minusvaloran.

Uno de sus casos más notables fue el reconocimiento del derecho a cotizar y a cobrar paro de las empleadas del hogar. «Planteamos la demanda, que no fue por vía social sino contenciosa administrativa, porque parte de la estrategia no era pedir la prestación o pensión, sino que pudiera pagar y cotizar a la Seguridad Social», afirma. Este caso estratégico llevó a un cambio legislativo que afecta a un millón de personas y es el logro del que Javier de Cominges está más orgulloso en su carrera profesional.

Además, De Cominges logró una sentencia que reconocía los efectos de la brecha de género y el techo de cristal. Esta sentencia resolvió la discriminación no solo en el despido de la empleada, sino también en los 20 años que llevaba trabajando y cobrando menos. «Conseguimos que no saliera gratis una discriminación que a nivel retributivo entre hombres y mujeres sigue siendo una lacra. La brecha salarial no es una opinión, es una evidencia demostrada en datos estadísticos que se da también en las pensiones, con unas diferencias de entre 200 y 400 euros de media», subraya.

Otro caso importante fue el reconocimiento de indemnización para los pensionistas que tuvieron que acudir al juzgado para reclamar el complemento de maternidad. A pesar de un fallo anterior europeo que reconocía este derecho, la ley no cambió y la Seguridad Social se negaba a concederlo. Este caso llevó a una avalancha de reclamaciones y reafirmó que el derecho europeo es aplicable ante los juzgadores y ante la Administración. «El tribunal no solo modificó la jurisprudencia española, sino que además aplica la condena en costas. Ha sido un gran avance que abre un campo muy  importante para el futuro», detalla.

Fuente: Atlántico