Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados, ha evaluado en unas declaraciones a La Voz de Galicia la decisión de Europa de obligar a España a reformar la indemnización por despido improcedente. El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), organismo dependiente del Consejo de Europa, ha dado la razón a UGT y ha resuelto que la indemnización por despido improcedente en nuestro país, que fija un tope de 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades, no cumple con lo establecido en la Carta Social Europea.
Tras la denuncia del sindicato en marzo de 2022, el CEDS sostiene que la legislación nacional es insuficiente y no protege adecuadamente al trabajador. El Gobierno, que tiene la potestad de hacer pública la resolución y se comprometió en su pacto de legislatura a reformar el sistema de indemnización por despido en España, aún no ha revelado los términos exactos de la decisión del CEDS.
El Ejecutivo tiene cuatro meses para hacer público el dictamen y adaptar la legislación nacional. Y es de obligado cumplimiento, ya que «la Carta Social Europea revisada se incorporó a nuestro ordenamiento jurídico tras su publicación en el BOE, el 11 de julio del 2021», ha afirmado Fabián Valero, especialista en derecho laboral.
Se espera que la reforma implique un aumento de la indemnización por despido improcedente, que podría ser «a la carta» y tener en cuenta las circunstancias personales y profesionales de cada trabajador. Sin embargo, Valero entiende que esto no está exento de complicación: «¿Cómo valoras esas condiciones particulares? ¿Fijas porcentajes adicionales por edad, cargas o empleabilidad? Porque eso también sería prefijar la compensación, algo sobre lo que el CEDS ha resuelto en contra. Entonces habría que dejar en manos de los jueces esa valoración de las circunstancias particulares. Habrá una mayor litigiosidad», explica.
De hecho, Fabián Valero asegura que ya se ha notado esa litigiosidad en aumento desde que comenzaron a producirse las primeras sentencias mejorando las indemnizaciones por despido, atendiendo a la situación de cada trabajador. «Va más allá de que se hayan vulnerado los derechos fundamentales en el despido, algo que ya contempla nuestra legislación para revisar las compensaciones a las que tiene derecho el afectado», asegura Valero. Y añade que beneficiará especialmente a los trabajadores más jóvenes, que ahora pueden no recurrir la improcedencia de su despido porque el incremento de la indemnización que podían obtener no les compensaba el coste de acudir al juzgado, y ahora sí podrán hacerlo.