En un fallo innovador, el Juzgado de lo Social número 6 de Vigo ha declarado nulo el despido de un trabajador del Consorcio Galego de Servizos de Igualdade, cuya relación laboral fue automáticamente extinguida tras el reconocimiento de una Incapacidad Permanente Total (IPT). Esta sentencia, dictada en un caso defendido por el letrado Lois Regueira de Zeres Abogados, es la primera, desde la STJUE de 18 de enero de 2024, que condena a una administración pública por despido nulo debido a discriminación por discapacidad.
La discriminación por discapacidad y la falta de ajustes razonables en el sector público
La sentencia establece que la extinción automática de una relación laboral por reconocimiento de incapacidad permanente, sin evaluar la posibilidad de ajustes razonables, constituye una discriminación por discapacidad. Si bien en el ámbito privado ya se habían emitido fallos similares con indemnización, este caso representa la primera vez que se condena a una entidad administrativa a readmitir al trabajador, abonar los salarios de trámite, efectuar los ajustes necesarios y a indemnizar con 10.000 euros por daños morales.
Los empleados públicos que en el último año, hayan sido despedidos por una incapacidad permanente sin recibir una notificación adecuada, podrían tener derecho a demandar. La administración en ocasiones no comunica formalmente la extinción ni los recursos disponibles para recurrirla, lo que extiende el plazo para reclamar hasta un año desde el despido. A estos trabajadores se les podría reconocer el derecho a readmisión, abono de salarios de trámite e indemnización por la vulneración de derechos fundamentales.
En Zeres Abogados estamos orgullosos de defender los derechos de los trabajadores públicos y contribuir al avance hacia un entorno laboral más justo y equitativo. Esta sentencia pionera establece un referente clave para futuros casos de discriminación por discapacidad en el sector público.