Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados, aborda en unas declaraciones recogidas en El Español-Invertia la dificultad que existe en España a la hora de determinar y reconocer el suicido como accidente laboral y lamenta la falta de prevención en riesgos psicosociales por parte de las empresas.
El suicidio no aparece en las estadísticas del Ministerio de Trabajo, pero sí en la jurisprudencia. De hecho, la Justicia ha reconocido en cerca de una decena de sentencias el suicidio como accidente laboral. Antes de la década de los 70, lo más frecuente era descartar, a efectos de Seguridad Social, la calificación del suicidio del trabajador como accidente de trabajo en toda circunstancia, incluso los acaecidos en tiempo y lugar de trabajo. Desde los 70, la postura del máximo órgano judicial cambia.
Pese a las sentencias existentes, reconocer el suicidio como accidente de trabajo no es sencillo, entre otros motivos, porque «no están diagnosticados como una contingencia profesional», explica Fabián Valero.
«Este tipo de supuestos depende mucho de las circunstancias del caso concreto y de las pruebas», apunta. Los informes médicos del paciente, testimonios de compañeros, miembros del Comité de Empresa y familiares, o incluso correos y mensajes de WhatsApp son «elementos que pueden llevar al juez a considerar (el suicidio) como accidente de trabajo».
Por otro lado, Valero subraya además que la prevención de los riesgos laborales sigue centrada en las cuestiones musculoesqueléticas, pero las psicosociales siguen en segundo plano. «Estamos en pañales. Hay que ir más allá, ir a los problemas de salud mental», afirma.
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